Reglamento de mascotas
POLÍTICA PARA INGRESO DE MASCOTAS O ANIMALES DE COMPAÑÍA
Fontanar Centro Comercial permitirá el ingreso de animales de compañía siempre que los propietarios o tenedores
cumplan con los siguientes parámetros:
· Los perros o gatos deberán transportarse por el centro comercial en coche y/o cargados por su tenedor o propietario.
· No se permitirá que estos transiten caminando por el centro comercial.
· Los animales podrán permanecer en los vehículos estacionados en el centro comercial, bajo la responsabilidad exclusiva del propietario o tenedor, siempre y cuando estos cuenten con el espacio y la ventilación adecuada.
· Los propietarios deben tener el kit de limpieza de su mascota y cada uno se hará cargo de su rutina. Este kit, mínimo, deberá estar compuesto por una bolsa de basura y toallas de limpieza.
· El tenedor o propietario deberá evitar que el animal de compañía haga sus necesidades en el coche del centro comercial; en caso de que esto ocurra deberá limpiar inmediatamente, de tal forma que el coche usado por el animal quede en perfecto estado de aseo y limpieza y deberá dejar los residuos en las canecas.
· No se permite el ingreso de mascotas en las zonas de comidas (plazoleta de comidas y cafés) y baños.
· Cada marca dentro del centro comercial decide si las mascotas pueden ingresar a los establecimientos.
· No se permite el uso de las escaleras eléctricas para los perros. Únicamente pueden desplazarse por los ascensores.
· Tenga en cuenta que el ingreso al centro comercial con un animal de compañía está bajo la responsabilidad del propietario, por lo tanto, este debe cuidar las acciones o daños que la mascota cause al centro comercial, a los coches y/o a terceros.
· En caso que cualquier persona o mascota pueda resultar perjudicada por un animal, el dueño debe asumir total responsabilidad de los costos que se generen por el daño ocurrido.
· Los animales de compañía deberán portar en todo momento un collar que permita su identificación.
· No está permitido ingresar con su animal de compañía cuando esté en periodo estral (comúnmente conocido como celo).
· Como quiera que ostenta la guarda y custodia absoluta de su animal de compañía, al ingresar con este al centro comercial, exime y excluye de toda responsabilidad a este último por los daños materiales, físicos y/o morales que el animal de compañía pueda ocasionar a terceros.
· El tenedor o propietario asumirá la responsabilidad civil, administrativa o penal que se derive por cualquier acto del animal de compañía, por su tenencia o propiedad o por el incumplimiento de las normas sobre tenencia animal; mantendrá indemne al centro comercial por cualquier reclamación o condena que se presente por estos hechos y reembolsará todos los gastos o costos en que este incurra.
· Por temas de seguridad, si al perro lo sacan del coche, por alguna circunstancia, no debe amarrarse al coche.
· El coche del perro debe ser siempre manejado por un adulto responsable.
· Las mascotas deben estar acompañadas de un adulto responsable.
· Si un niño se acerca a la mascota, el dueño debe advertir al acudiente si es un perro que se puede acercar o definitivamente no es amigable con las demás personas. Será responsabilidad tanto del dueño de la mascota como del acudiente del niño el manejo y riesgo de la situación, no haciendo responsable al centro comercial de la misma.
· Los tenedores o propietarios deben cumplir con lo contenido en la Ley 746 de 2002 y/o el Código Nacional de Policía y Convivencia, especialmente en lo relacionado con la obligación de portar bozal, traílla o correa y las normas de salubridad, higiene y seguridad.
· Al transportar a los animales en los coches del centro comercial, el propietario deberá: o Verificar en el coche, ubicado en la entrada del centro comercial, que su animal de compañía tenga el peso apropiado para usarlo.
Los coches pequeños son para perros que no pesen más de 25 libras, es decir, 11 kilos y para los coches grandes 100 libras, es decir, 45 kilos. o Alquilar el coche, cumpliendo el procedimiento y el reglamento establecido por el centro comercial. O La posibilidad de ingresar dependerá de la disponibilidad de coches que exista en el centro comercial.
· No se podrán dejar animales de compañía solos o atados en las entradas o áreas del centro comercial. Lo anterior se exceptúa para los perros guías o lazarillos que acompañen a su propietario o tenedor.
· El animal de compañía debe cumplir con la reglamentación de vacunación y salubridad establecida en la legislación colombiana. El tenedor o propietario deberá portar siempre el carné de vacunación del animal de compañía. Este documento podrá ser requerido en cualquier momento por el centro comercial.
· Evite ingresar perros agresivos o ansiosos que no pueda controlar, especialmente ante el flujo constante de personas u otros animales.
· Al ingresar con el animal de compañía al centro comercial se entiende aceptada la política de ingreso establecida en el presente documento.
· El centro comercial se reserva la facultad de modificar o adicionar el presente reglamento en cualquier momento, de acuerdo con las políticas que considere más adecuadas para el funcionamiento del mismo.